Debe enfatizar la importancia de la ética y promover una cultura de integridad en el TEEG, proporcionando orientación y apoyo para facilitar la comprensión del Código de Ética. Lo anterior a través de los mecanismos que éste determine. De esta forma, se incentivará el arraigo de los principios y valores, a fin de que prevalezcan en la toma de decisiones y el correcto ejercicio de las funciones de las Personas Servidoras Públicas de este Tribunal.
(art. 19 Código de ética TEEG)
El Comité de ética se formará por una persona representante de cada una de las áreas administrativas y jurisdiccionales que integran el TEEG, designada de manera libre por las personas titulares de cada área respectiva, más un integrante de cada ponencia designado por la magistratura titular de las mismas.
Presidenta/e
Secretaria/o
Vocales
(art. 16 y 17 Código de ética TEEG)